JurídicoESEN
Order (Auto)March 20, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Omnichannel Service Corp·Respondent Waytic Sas

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Civil Municipal de Manizales y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se presenta por demanda declarativa de incumplimiento de contrato instaurada por la empresa Omnichannel Service Corp., en contra de la sociedad Waytic SAS., con la cual pretende que se declare la resolución del contrato por el incumplimiento por parte Waytic SAS, se decrete la validez de la cláusula penal establecida en el acuerdo se condene en costas y agencias en derecho a la parte demandada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que al tenor de lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, esta Corporación es competente para dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre jurisdicciones.

La Corte Constitucional no es la autoridad competente para dirimir el conflicto de competencia sub examine, puesto que se suscitó entre el Juzgado Sexto Civil Municipal de Manizales, Caldas y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad, que forman parte de la jurisdicción ordinaria, en sus especialidades civil y laboral, respectivamente y hacen parte del mismo distrito judicial.

Por esta razón, la Sala Plena se declara inhibida para resolver la controversia y resuelve remitir el expediente a la Sala Mixta del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Manizales, Caldas y el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de la misma ciudad, en relación con la competencia para conocer el proceso promovido por la empresa Omnichannel Service Corp. en contra de la sociedad Waytic SAS.
  4. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-5186 a la Sala Mixta del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.